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Comisión de apertura: ¿puedes reclamar y recuperar tu dinero?

La comisión de apertura sigue pudiendo reclamarse en muchos préstamos, especialmente hipotecarios, firmados en los últimos años. En la mayoría de contratos se ha cobrado como un porcentaje automático sobre el capital, sin explicar al cliente qué servicio concreto se le presta a cambio.

La jurisprudencia actual exige dos cosas básicas: que el banco justifique que la comisión responde a un servicio real y distinto de los intereses, y que ese coste haya sido explicado de forma clara y comprensible antes de la firma. Si solo aparece como una partida más en la escritura, sin desglose ni explicación en la documentación previa, es probable que la cláusula pueda considerarse abusiva.

Si un juez declara nula la comisión de apertura, la entidad debe devolver el importe íntegro cobrado por este concepto, más los intereses legales desde el pago. En una hipoteca media esto puede suponer varios cientos o incluso miles de euros recuperables.

En RM Abogados revisamos tu escritura de préstamo y la documentación que te entregó el banco, valoramos si tu comisión de apertura cumple los requisitos de transparencia y justificación y te indicamos, de forma sencilla y sin compromiso, si puedes reclamar su devolución.