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IRPH hoy: el problema no es el índice, es la cláusula

Las últimas sentencias sobre IRPH mantienen abierta una vía clara de reclamación para muchos consumidores, sobre todo cuando el banco no explicó bien cómo funcionaba el índice ni sus consecuencias económicas. La clave ya no es discutir si el IRPH es “legal” o “nulo”, sino si la cláusula que lo incorpora al préstamo fue verdaderamente transparente y si situó al cliente en una posición de desequilibrio relevante frente a otras opciones habituales, como el Euribor.

La justicia europea ha marcado un estándar exigente: el consumidor debe entender, antes de firmar, cómo se calcula el IRPH, que se trata de una media de TAEs (que ya incluye comisiones y gastos) y que, sin diferenciales negativos, tiende a dar como resultado una cuota más cara. No basta con mencionar el índice en la escritura ni remitir genéricamente a una circular publicada en el BOE; es necesaria información precontractual clara y comparativas que permitan apreciar la diferencia de coste frente a otros índices. Cuando esa información falta, la cláusula puede declararse no transparente y también abusiva si se acredita un sobrecoste significativo.

En la práctica, los pleitos que se están estimando combinan dos elementos: por un lado, la demostración de que el cliente no recibió explicaciones comprensibles ni simulaciones reales con otros índices; por otro, un informe pericial que compara lo pagado con IRPH frente a lo que habría pagado con un índice usual de mercado, traduciendo esa diferencia en euros a lo largo de la vida del préstamo y en porcentaje sobre el capital. En muchos casos, ese sobrecoste acumulado asciende a decenas de miles de euros, lo que refuerza el argumento de desequilibrio importante.

Cuando un juzgado declara nula la cláusula IRPH, se recalcula el préstamo con un índice distinto (normalmente Euribor o el sustitutivo previsto) y el cliente puede recuperar las cantidades abonadas de más, con sus intereses. Por eso, si tu hipoteca está referenciada a IRPH, es aconsejable revisar cómo se te ofreció el producto, qué documentación recibiste antes de firmar y cuál ha sido el sobrecoste real. En RM Abogados analizamos tu escritura, estudiamos la información que te facilitó la entidad y cuantificamos el posible perjuicio económico para indicarte, de forma clara y sin compromiso, si tu caso es viable y qué podrías llegar a recuperar.